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A 6 meses, Santos ha gastado más de 300 mil pesos en Facebook

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San Luis Río Colorado, Sonora.- Haciendo valer los mecanismos de transparencia y en cumplimiento a lo dispuesto por el artículo 58 de la Ley de Acceso a la Información Pública del Estado de Sonora, El 5to Poder solicitó los gastos del 28 Ayuntamiento en materia de redes sociales, a 6 meses de iniciado el gobierno del Alcalde Santos González.

Fechada bajo el expediente 076/SAIP/2019, dicha solicitud fue registrada el pasado 19 de marzo, siendo presentada ante la sección de Egresos de Tesorería Municipal el 21 del mismo mes, obteniendo respuesta oficial firmada el 25 de marzo por el Tesorero Municipal, el Contador Público Sergio Tapia Salcedo.

«Al respecto me permito informarle que la suma de gastos publicitarios en la plataforma de Facebook de este 28 Ayuntamiento asciende a $316, 774.02 (Trescientos Dieciséis Mil Setecientos Setenta y Cuatro Pesos 02/100 M.N.) a lo largo de los 6 meses que ha operado esta administración», cita textualmente la respuesta de transparencia.


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En ese sentido, el gobierno del morenista Santos González Yescas está gastando en promedio arriba de 50 mil pesos mensuales, específicamente en publicaciones que difunden sus actividades diarias y reuniones.

En comparación, el Gobierno del panista Leonardo Guillén, que fue el primer Alcalde en erogar recursos públicos a la promoción en Facebook, gastó en promedio 27 mil pesos mensuales durante su gobierno, ascendiendo a 1 millón de pesos por los 3 años.

Cabe mencionar que la inversión publicitaria de Santos González está siendo realizada en buena parte a través de su página personal de Facebook, no a través de la página institucional del Ayuntamiento, situación que contradice a la ley de publicidad gubernamental y especialmente al Artículo 134 Constitucional.

«La propaganda, bajo cualquier modalidad de comunicación social, que difundan como tales, los poderes públicos, los órganos autónomos, las dependencias y entidades de la administración pública y cualquier otro ente de los tres órdenes de gobierno, deberá tener carácter institucional y fines informativos, educativos o de orientación social. En ningún caso esta propaganda incluirá nombres, imágenes, voces o símbolos que impliquen promoción personalizada de cualquier servidor público», cita textualmente dicho artículo en su octavo párrafo.

 

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