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Lo que debes saber del decreto de Declaratoria de Emergencia Sanitaria en Sonora

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El gobierno sonorense firmó una declaratoria de emergencia y contingencia sanitaria para mitigar los efectos del brote de COVID-19 en el estado y Proyecto Puente enlista las medidas que el documento incluyó con el objetivo de conservar y mejorar la salubridad pública.

El artículo tercero de esta declaratoria es el que establece la garantía de continuidad de actividades esenciales, por lo que, quienes trabajen en los siguientes rubros, deberán continuar sus labores, pero con las medidas que protejan su salud y la de sus familias:

· Los servicios, producción y distribución de agua potable o purificada.

· Infraestructura de suministro de agua y energía eléctrica.

· Recolección, producción, transportación y venta de alimentos.

· Producción y venta de medicamentos y equipo médico.

· Producción y distribución de gas, gasolina y diésel.

· Comunicaciones o servicios asociados, incluyendo sucursales relacionadas a estos, como la televisión de paga.

· Transporte público en general y plataformas de transporte privado.

· Servicios médicos en cualquier especialidad, hospitales, clínicas o centros de tratamiento relacionados con la salud.

· Farmacias, boticas o servicios similares.

· Transporte o venta de productos de primera necesidad.

· Servicios públicos como recolección de basura y seguridad.

De acuerdo con la entrevista que Horacio Valenzuelasecretario del Trabajo en Sonora, dio a Luis Alberto Medina, director de Proyecto Puente, cualquier otra actividad no vinculada con la cadena alimentaria, salud y servicios mencionados deberá enviar a sus trabajadores a casa y garantizarles el pago de, al menos, el salario mínimo en un periodo de 30 días.

Como ejemplo, las empresas maquiladoras que fabrican herramientas no vinculadas con estas cadenas tienen un plazo de 72 horas para organizarse y parar temporalmente.

“Todas las actividades protegidas por decreto no pueden interrumpirse, porque la gente no padecería de COVID-19, sino de hambruna al paralizarse estas actividades”, aseveró Valenzuela.

Si la contingencia se extiende más de 30 días, el decreto será flexible y los plazos de las medidas podrían ampliarse después de una evaluación, concluyó.

Cualquier irregularidad o desacato que los trabajadores encuentren en sus empresas, puede reportarse a la Secretaría del Trabajo en Sonora, a los teléfonos (662) 212 2228 y (662) 222 2378.

El artículo quinto de la declaratoria, además de establecer la suspensión de reuniones sociales que impliquen aglomeración de personas y el cierre de negocios no esenciales como bares, casinos y cines, agrega que hay establecimientos de comida, en cualquier modalidad, que permanecerán abiertos.

Es decir, la venta de alimentos preparados o congelados, fruterías, palapas, puestos de calle fijos o semifijos, seguirán prestando servicio a la población bajo medidas estrictas de no aglomeración o hacinamiento de personas y preferentemente ofreciendo servicio a domicilio.

Además, los mercados, supermercados, comercios informales fijos o semifijos cuyo servicio sea de alimentos o productos de primera necesidad, cadenas de conveniencia, de cadena comercial y de venta de alimentos seguirán brindando en operación en horarios normales, así como sus proveedores.

Tampoco podrán subir los precios de forma desproporcionada ni injustificada de la canasta básica, alimentos, artículos de limpieza e higiene personal, por lo que deberán implementar medidas para lograrlo, sostiene el documento, y cualquier inobservancia a la disposición, será sancionada en términos legales.

La gobernadora Claudia Pavlovich escribió en su cuenta de Twitter que a las 12:00 horas de este viernes 27 de marzo, los secretarios del Trabajo, Economía y Desarrollo Social responderán todas las dudas de la ciudadanía sobre este decreto a través de una transmisión en vivo en las redes sociales.

Con información de Proyecto Puente.

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