MEXICALI, BC.- Con 18 votos a favor, cuatro en contra y una abstención, el Congreso local aprobó el matrimonio igualitario al reformar los artículos 7 y 104 de la Constitución de Baja California.
Después de dos intentos, Morena finalmente logró los votos necesarios para modificar la Constitución y leyes secundarias. Los cambios incluyen sanciones a funcionarios que discriminen o no otorguen los servicios que las nuevas normas prevén al reconocer el matrimonio entre personas del mismo sexo.
La promovente, la diputada Miriam Elizabeth Cano Núñez, dijo que se suprimió uno de los párrafos del artículo 7 constitucional que a la letra decía: “El Estado reconoce y protege la Institución del Matrimonio como un derecho de la sociedad orientado a garantizar y salvaguardar la perpetuación de la especie y ayuda mutua entre los cónyuges, satisfaciéndose éste solamente mediante la unión de un hombre con una mujer”.
Por otro lado, se modificó el primer párrafo del artículo 104, que con la reforma quedó así: “La Ley Civil contendrá disposiciones que tiendan a proteger la estabilidad del hogar y la constitución del patrimonio familiar, con miras a evitar el desamparo del cónyuge, concubina o concubino y de los hijos e hijas”.
En la exposición de motivos se estableció que “la definición vigente del matrimonio incluida en el Código Civil del Estado de Baja California, resulta excluyente y discriminatorio al orillar a las personas con preferencias sexuales diferentes a las heterosexuales, a vivir al margen de la Ley y no disfrutar de la figura reconocida como matrimonio al definirse como ‘la unión de un hombre y una mujer para convivir y realizar los fines esenciales de la familia como institución social y civil’”.
Lo anterior “genera que la unión libre de dos personas del mismo sexo para realizar la comunidad de vida sea excluida del Código Civil, con las consecuencias discriminatorias y de exclusión legal ya definida en los Tratados Internacionales, por la Suprema Corte de Justicia de la Nación y por la legislación de diversas entidades federativas que ya han incluido la figura del matrimonio en su concepción amplia”.
Por otro lado, la Asamblea Legislativa local avaló con 17 votos a favor, tres en contra y una abstención, el dictamen 60 que contiene la modificación y derogación de diversos artículos del Código Civil del estado, a fin de armonizarlos con las reformas constitucionales mencionadas en términos del lenguaje incluyente y la creación de un concepto de matrimonio, acorde a la Carta Magna federal y los criterios jurisprudenciales emitidos por la Suprema Corte de Justicia de la Nación. Estos cambios al Código Civil fueron presentados por los mismos inicialistas.
En el Código Civil se reforma el artículo 143 para quedar como sigue: “El Matrimonio es la unión libre de dos personas para realizar la comunidad de vida, en donde ambas se procuran respeto, igualdad y ayuda mutua. Debe celebrarse ante el Oficial del Registro Civil y con las formalidades que estipule el presente Código”.
Además, se deroga su artículo 144, que a la letra dice: “Cualquiera condición contraria a la perpetuación de la especie o a la ayuda mutua que se deben los cónyuges”.
Con información de PROCESO.
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